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07.Mayo.2024

Cada vez más ayuntamientos ven la necesidad de crear un acotado micológico en los montes de su municipio para que sus vecinos puedan efectuar una recolección comercial dentro de la legalidad ya que, según la normativa establecida en Castilla y León (Decreto 31/2017), sólo se pueden comercializar las setas silvestres recolectadas en un acotado micológico con un permiso comercial o en un terreno reservado con la autorización expresa y fehaciente del propietario. Los terrenos acotados  o reservados deben estar convenientemente señalizados de acuerdo con lo previsto en el presente normativa.

07.Mayo.2024

Cada vez más ayuntamientos ven la necesidad de crear un acotado micológico en los montes de su municipio para que sus vecinos puedan efectuar una recolección comercial dentro de la legalidad ya que, según la normativa establecida en Castilla y León (Decreto 31/2017), sólo se pueden comercializar las setas silvestres recolectadas en un acotado micológico con un permiso comercial o en un terreno reservado con la autorización expresa y fehaciente del propietario. Los terrenos acotados  o reservados deben estar convenientemente señalizados de acuerdo con lo previsto en el presente normativa.

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Cada vez más ayuntamientos ven la necesidad de crear un acotado micológico en los montes de su municipio para que sus vecinos puedan efectuar una recolección comercial dentro de la legalidad ya que, según la normativa establecida en Castilla y León (Decreto 31/2017), sólo se pueden comercializar las setas silvestres recolectadas en un acotado micológico con un permiso comercial o en un terreno reservado con la autorización expresa y fehaciente del propietario. Los terrenos acotados  o reservados deben estar convenientemente señalizados de acuerdo con lo previsto en el presente normativa.

07.Mayo.2024

Cada vez más ayuntamientos ven la necesidad de crear un acotado micológico en los montes de su municipio para que sus vecinos puedan efectuar una recolección comercial dentro de la legalidad ya que, según la normativa establecida en Castilla y León (Decreto 31/2017), sólo se pueden comercializar las setas silvestres recolectadas en un acotado micológico con un permiso comercial o en un terreno reservado con la autorización expresa y fehaciente del propietario. Los terrenos acotados  o reservados deben estar convenientemente señalizados de acuerdo con lo previsto en el presente normativa.

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Cada vez más ayuntamientos ven la necesidad de crear un acotado micológico en los montes de su municipio para que sus vecinos puedan efectuar una recolección comercial dentro de la legalidad ya que, según la normativa establecida en Castilla y León (Decreto 31/2017), sólo se pueden comercializar las setas silvestres recolectadas en un acotado micológico con un permiso comercial o en un terreno reservado con la autorización expresa y fehaciente del propietario. Los terrenos acotados  o reservados deben estar convenientemente señalizados de acuerdo con lo previsto en el presente normativa.

07.Mayo.2024

Cada vez más ayuntamientos ven la necesidad de crear un acotado micológico en los montes de su municipio para que sus vecinos puedan efectuar una recolección comercial dentro de la legalidad ya que, según la normativa establecida en Castilla y León (Decreto 31/2017), sólo se pueden comercializar las setas silvestres recolectadas en un acotado micológico con un permiso comercial o en un terreno reservado con la autorización expresa y fehaciente del propietario. Los terrenos acotados  o reservados deben estar convenientemente señalizados de acuerdo con lo previsto en el presente normativa.

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Cada vez más ayuntamientos ven la necesidad de crear un acotado micológico en los montes de su municipio para que sus vecinos puedan efectuar una recolección comercial dentro de la legalidad ya que, según la normativa establecida en Castilla y León (Decreto 31/2017), sólo se pueden comercializar las setas silvestres recolectadas en un acotado micológico con un permiso comercial o en un terreno reservado con la autorización expresa y fehaciente del propietario. Los terrenos acotados  o reservados deben estar convenientemente señalizados de acuerdo con lo previsto en el presente normativa.

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Cada vez más ayuntamientos ven la necesidad de crear un acotado micológico en los montes de su municipio para que sus vecinos puedan efectuar una recolección comercial dentro de la legalidad ya que, según la normativa establecida en Castilla y León (Decreto 31/2017), sólo se pueden comercializar las setas silvestres recolectadas en un acotado micológico con un permiso comercial o en un terreno reservado con la autorización expresa y fehaciente del propietario. Los terrenos acotados  o reservados deben estar convenientemente señalizados de acuerdo con lo previsto en el presente normativa.

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Cada vez más ayuntamientos ven la necesidad de crear un acotado micológico en los montes de su municipio para que sus vecinos puedan efectuar una recolección comercial dentro de la legalidad ya que, según la normativa establecida en Castilla y León (Decreto 31/2017), sólo se pueden comercializar las setas silvestres recolectadas en un acotado micológico con un permiso comercial o en un terreno reservado con la autorización expresa y fehaciente del propietario. Los terrenos acotados  o reservados deben estar convenientemente señalizados de acuerdo con lo previsto en el presente normativa.

07.Mayo.2024

Cada vez más ayuntamientos ven la necesidad de crear un acotado micológico en los montes de su municipio para que sus vecinos puedan efectuar una recolección comercial dentro de la legalidad ya que, según la normativa establecida en Castilla y León (Decreto 31/2017), sólo se pueden comercializar las setas silvestres recolectadas en un acotado micológico con un permiso comercial o en un terreno reservado con la autorización expresa y fehaciente del propietario. Los terrenos acotados  o reservados deben estar convenientemente señalizados de acuerdo con lo previsto en el presente normativa.

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